Inscribirse como residente en la embajada Española de Dublin

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Uno de los trámites que debemos de hacer es la inscripción como residente en Irlanda, también conocida como alta consular, este trámite es simplemente el cambio de empadronamiento a la oficina consular más cercana a tu vivienda habitual en Irlanda y al tratarse de un trámite no obligatorio, es algo que la mayoría de nosotros vamos dejando y van pasando los meses sin estar debidamente registrados como españoles residentes en este país.

De esta forma, los  aproximadamente 60.000 españoles que según algunos medios viven en Irlanda, es una cifra que creo que  se queda corta, ya que muchos de los que emigran siguen estando empadronados en España y, por lo tanto,  no constan como emigrantes.

¿Para qué sirve ?

Aunque parezca que se trata de un trámite cualquiera  que no va con nosotros, estar registrado o no estarlo como residente, puede conllevarte una serie de ventajas/desventajas.

  • Al registrarte  cambias tus datos del censo electoral, con lo cual tendrás derecho a votar por correo en cualquiera de las elecciones que se celebren en España.

  • Si no estas registrado en el consulado de Irlanda, te pueden convocar para presentarte en  la mesa electoral durante elecciones, o como miembro de jurado. Y no estando registrado se deberá demostrar que se esta viviendo en el extranjero y que te  es imposible presentarte, algo que estando registrado es totalmente automático. ( A mi me ocurrio, pero enviando una carta del trabajo como que trabajaba en Irlanda, problema resuelto)

  • Puede ser de ayuda en caso de emergencia (catástrofe natural, conflicto armado, detención, accidente, etc.)…

¿Puedo estar viviendo en Irlanda sin estar inscrito como residente en el consulado?

Como ya he comentado anteriormente, no es un obligatorio, aunque si vas a estar viviendo en Irlanda durante una buena temporada, es muy recomendable.

Una vez registrado en Irlanda, dejarás de ser residente en España. Cada vez que cambies de residencia debes notificarlo a la embajada por email o en presencia.

Para todo esto dirígete en el siguiente link para que te informes de noticias de la embajada;

 

Que necesito para registrarme??

 

  •  Pasaporte o DNI en vigor del interesado

  •  Impreso debidamente cumplimentado.

  •  Impreso de Alta en el censo electoral debidamente cumplimentado.

  • Prueba de Residencia que acredite que el interesado está residiendo en Irlanda. Por ejemplo: contrato de alquiler, nóminas, recibos del agua, de la luz o del teléfono, resguardo de matrícula de algún curso de media o larga duración, etc.

  • Foto de carné de la cara con el fondo en blanco.

 

Mirar este video del consul que han puesto en http://www.spaniard.es

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Acerca de carlitoselcanariodublin
Canario, de Las Palmas de Gran Canaria llevo 8 años en Dublín, he vivido 5 años en Inglaterra y un año en Dinamarca, conocido en irlanda como Carlitos el canario, me gusta mucho Irlanda, he pasado mis mejores momentos de mi vida aquí,he conocido gente increible y cada dia que pasa conozco a mas gente. Me gusta ayudar a la gente que tal dia como hoy decidio buscarse la vida en otro pais, yo elegi Irlanda y despues de casi 7 años ya no me arrepiento Tengo un blog personal para ayudar a españoles o personas de habla hispana que quieran venir a vivir a a Irlanda https://carlitoselcanariodublin.wordpress.com/ Para contactarme, resolveros dudas me puedes encontrar en: carlitoselcanariodublin@gmail.com https://www.facebook.com/groups/Espanolesenirlanda1/ https://www.facebook.com/groups/canariosenirlanda/ https://www.facebook.com/pages/Carlitoselcanariodublinpagina/49351698072... https://www.facebook.com/carlitos.elcanariodublin.9 Saludos Carlitos El Canario

5 Responses to Inscribirse como residente en la embajada Española de Dublin

  1. Álvaro says:

    Hola Carlos!
    Muy interesante tu blog, te agradezco mucho todo lo que aportas. Yo iré a Dublín el 27 de agosto y pretendo quedarme unos 6 meses si encuentro trabajo (sino, unos 3). Quería preguntarte si hace falta algún tipo de papeleo previo o si, al tratarse de la U.E. no es necesario nada para trabajar salvo el PPS (cuando ya tienes residencia, claro).

    Muchas gracias!

    Álvaro

  2. Albert says:

    Hola Carlos,

    Muchas gracias por tu blog aunque me gustaría hacer un matiz.

    Inscribirse en la embajada como residente SI es obligatorio. Lo establece el artículo 2 del Real Decreto 3425/2000 que dice así:

    Artículo 2. Obligación de inscribirse.
    1. Los españoles que residan habitualmente en el extranjero y aquellos que trasladen allí su residencia habitual deberán inscribirse en el Registro de Matrícula de la Oficina Consular o de la Sección Consular de la Misión Diplomática que corresponda a la circunscripción dondese encuentren.

    Te pido por favor que modifiques la entrada de acuerdo con ésta información, pues ello puede inducir a error a mucha gente.

    Un cordial saludo,

    Albert

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